La Corte Suprema ratifica la postura sobre derechos de autor del proveedor de Internet

La Corte Suprema falló a favor de un proveedor de servicios de Internet en un caso de infracción de derechos de autor relacionado con música pirateada, determinando que los proveedores no pueden ser considerados responsables de las acciones de los usuarios.
En una decisión muy esperada, el Tribunal Supremo se ha puesto del lado de un proveedor de servicios de Internet en un caso de infracción de derechos de autor relacionado con la descarga ilegal de música pirateada. El caso se centró en si proveedores como Cox Communications podrían ser considerados legalmente responsables si sabían que los clientes estaban participando en piratería musical pero no tomaban medidas para cancelar su acceso a Internet.
El fallo de los jueces afirma que los proveedores de servicios de Internet no pueden ser considerados responsables de las acciones de sus usuarios, incluso si tienen conocimiento de violaciones de derechos de autor que ocurren en sus redes. Esto representa una victoria significativa para la industria de las telecomunicaciones, que había argumentado que responsabilizar a los proveedores por el comportamiento de los usuarios crearía un precedente legal insostenible.
En la decisión 8-1, el tribunal rechazó el argumento de que Cox Communications debería haber hecho más para abordar la descarga ilegal generalizada de archivos de música con derechos de autor por parte de sus clientes. La opinión mayoritaria, escrita por la jueza Elena Kagan, afirmó que la Ley de Derechos de Autor del Milenio Digital (DMCA) no exige que los proveedores cancelen las cuentas de los infractores reincidentes.
{{IMAGE_PLACEHOLDER}}Fuente: The New York Times


